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Mauricio Herdocia, especialista en Derecho Internacional que publicó una obra reflexiva sobre el tema. La prensa/Archivo

Solidaridad jurídica entre los Estados

La nueva obra del doctor Mauricio Herdocia Sacasa viene precedida de un prólogo que suscribe el doctor Jaime Aparicio Otero, actual presidente del Comité Jurídico Interamericano, quien califica el libro como “un aporte indispensable para el estudio de la evolución del Derecho Internacional en los últimos años y su proyección futura”. Agrega que el concepto […]

La nueva obra del doctor Mauricio Herdocia Sacasa viene precedida de un prólogo que suscribe el doctor Jaime Aparicio Otero, actual presidente del Comité Jurídico Interamericano, quien califica el libro como “un aporte indispensable para el estudio de la evolución del Derecho Internacional en los últimos años y su proyección futura”.

Agrega que el concepto de solidaridad jurídica, que nos propone el doctor Herdocia, “rescata lo mejor de las filosofías y tradiciones del Derecho Internacional como un instrumento de paz y justicia universal, y lo adecua a la realidad contemporánea”. En tal sentido, la juzga como “una obra que ayudará a definir las nuevas rutas del Derecho Internacional…”

Grandes humanistas contemporáneos abogan por una globalización solidaria, por una globalización de los pueblos y de las sociedades y no sólo de los mercados y las tecnologías de la comunicación y la información; por una globalización de la dignidad humana y no del individualismo egoísta, o como bien proclamara Su Santidad, el Papa Juan Pablo II: “Una globalización con rostro humano”. Todo esto implica rescatar, como propone Herdocia, la solidaridad como el nuevo nombre de la cooperación y las relaciones entre los pueblos y los Estados.

El planteamiento clave que Baena Soares descubre en el libro de Herdocia es el propósito de dar “dimensión jurídica vinculante” a la solidaridad, concepto humanista por excelencia. Otro planteamiento clave que comenta Baena Soares, que ya fue antes ampliamente analizado por Herdocia en una de sus obras anteriores, son los límites que el nuevo Orden Público Internacional impone al concepto clásico de soberanía.

Lo importante es que ese principio pueda armonizarse y estar en consonancia con otros principios fundamentales del derecho internacional, como lo son, por ejemplo, los referentes a las relaciones de amistad y cooperación entre los Estados que se contienen en la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas”… “Usted mismo nos indica”, le dice Vargas Carreño al doctor Herdocia, la necesidad de actuar con suma prudencia en su implementación, en un contexto de interdependencia con otros principios. Tales circunstancias confirman la importancia y actualidad de su libro.

La claridad de los conceptos que se contienen, así como las abundantes citas y referencias a pertinentes documentos e instrumentos internacionales añaden valor al texto. Estoy cierto que esta obra sobre el Principio Emergente de la Solidaridad Jurídica entre los Estados —que desarrolla los diversos eslabones que a su juicio lo integran— será de gran utilidad tanto para la Comisión de Derecho Internacional cuando ésta considere el tema de la protección de las personas en caso de desastres, así como para los estudiosos en la materia que podrán enriquecer su ámbito de reflexión.

¿Por qué este libro del doctor Herdocia aparece hoy, en edición bilingüe, como un compendio? El autor nos dice que lo hace así, no sólo siguiendo humildemente “tradiciones y sombras augustas”, sino por su apego a la prudencia “en el campo del ejercicio de la interpretación del Derecho Internacional ante el movimiento vertiginoso de los tiempos, a fin de recabar observaciones y comentarios que puedan servirme para serenar, pulir, acrecentar, desechar o transformar mis propias percepciones”. Me parece digno de reconocimiento este proceder del doctor Herdocia, que es el mismo que ha seguido en sus obras anteriores: publicar antes una versión resumida para pedir la opinión de quienes pueden contribuir con su crítica a enriquecerlas (…).

Finalizo aplaudiendo que en su obra Mauricio Herdocia rescate la figura pionera de Fray Antonio de Valdivieso, Obispo mártir del Principio de Solidaridad y la Responsabilidad de Proteger. En la carta que Valdivieso suscribe junto con el obispo Fray Bartolomé de las Casas el 19 de octubre de 1545, dirigida al Consejo de Indias, invocan la responsabilidad de proteger a los indios sobre la base de la obligación que les imponía el derecho eclesiástico, poniendo así a los naturales bajo la jurisdicción eclesiástica, ya que la jurisdicción real no los protegía.

La figura del obispo dominico, protector de los indios y compañero de lucha del célebre Fray Bartolomé de las Casas, adquiere cada día mayor relevancia, como piedra angular de la Iglesia católica de Nicaragua, precursor de la defensa de los derechos humanos y del compromiso profético con la causa de los oprimidos.

Fray Antonio de Valdivieso no sólo fue el primer obispo que a la vez desempeñó el Obispado de Nicaragua y Costa Rica sino también, como lo señala Edgard Zúñiga en su Historia Eclesiástica de Nicaragua, “el primer obispo que ejercería a plenitud su ministerio episcopal en la Iglesia de Nicaragua”.

La Prensa Literaria

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