En el contexto que vive Nicaragua y al violentar las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas también como Reglas Nelson Mandela, como parte de una política de estado de persecución a opositores es una comisión “descarada” de un crimen de lesa humanidad, afirma el abogado Uriel Pineda, especialista en derechos humanos.
“Si estamos en presencia de una política de Estado, la privación grave de la libertad en contravención a las normas del derecho internacional configura en todo caso un crimen de lesa humanidad”, expresó Pineda.
“No solo es el tema que estamos viendo un trato cruel o violaciones a los derechos que tienen las personas privadas de libertad, sino que todo este contexto viene a integrar algo que es mucho más amplio y finalmente cada violación a los derechos de los privados de libertad en razón de esta persecución política que ha emprendido el régimen es una prueba más de que lo que está ocurriendo en Nicaragua más que violación a los derechos humanos, o violación grave a los derechos humanos, es la comisión más descarada de un crimen de lesa humanidad”, agregó.
Para Pineda, además es “el crimen de lesa humanidad más descarado que se ha visto en Latinoamérica”, porque no solo se comete contra una población indefensa, “sino porque se perpetúa en un contexto en que han sido depuestos regímenes autoritarios y han sido depuestas prácticas violatorias de derechos humanos y más bien la región está consolidando sus procesos democráticos”.
Aclaró que lo llama “descarado” porque los antecedentes regionales respecto a los crímenes de lesa humanidad guardaban relación con algún nivel de intensidad, guerrilla, de grupos subversivos y en este caso es “un régimen despiadado que encarcela, persigue y comete crímenes de lesa humanidad contra una población que simplemente se ha limitado a expresarse en contra de la dictadura”, dijo.
El sentido de las Reglas Nelson Mandela
Las 122 Reglas Nelson Mandela son parte de un esfuerzo del derecho internacional de los derechos humanos para lograr la regulación y aplicación estándar mínima, en virtud de las cuales debe tratarse a las personas privadas de libertad en un contexto de paz, de un país en democracia.
“Normalmente el principal elemento de violaciones a derechos humanos suele ser el debido proceso, es decir las detenciones arbitrarias y obviamente las condiciones de reclusión de los privados de libertad. En el caso latinoamericano, los organismos especializados en temas de derechos humanos o el famoso sistema no jurisdiccional de ombudsperson (defensor del pueblo), que sería la Procuraduría. En Latinoamérica por lo general más de la mitad de las quejas de violaciones a derechos humanos que se recogen tienen que ver con eso, con irregularidades de un proceso de detención y violación a un debido proceso”, explicó Pineda.
En el caso de Nicaragua, la Ley de Regímenes Penitenciarios es posterior a las 122 reglas, por lo cual recoge algunos elementos, pero no es la única fuente, también incluye principios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre los derechos de las personas privadas de libertad.
Las violaciones a las Reglas Nelson Mandela
Los familiares de presos políticos han señalado violaciones a los derechos humanos y a las Reglas Nelson Mandela, destacando la incomunicación, aislamiento, falta de acceso a salud, entre otros. De acuerdo con las normas, lo más que puede pasar un recluso sin ser visitado por sus familiares es 21 días y por ejemplo los detenidos en la Dirección de Auxilio Judicial (DAJ), conocida como el Chipote, pasaron hasta tres meses sin ser visitados por primera vez. Actualmente les permiten visitas cada 40 días.
“Si se hace una lista de violaciones hay muchísimas. Temas de aislamiento, la prohibición de Biblia, temas de atención médica, de ingesta alimenticia adecuada, vestimenta adecuada, no les dan insumos de aseo personal, nos damos cuenta por las mismas denuncias que hacen los familiares que no hay acceso a lo que se conoce a la reinserción social que tiene que ver con educación o a ciertos medios informativos, el tema del ejercicio físico, las visitas familiares, un sinnúmero de violaciones a los derechos de estas personas. Finalmente este trato singular, cruel e incluso inhumano tiene que ver con un contexto más amplio, es decir, si nos vamos más atrás vemos que se crearon leyes (no solo) para inhibir la participación política en un contexto electoral, sino para castigar a todo aquel opositor”, detalló el experto.
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Por ello es que consideró que esta es la “configuración de un régimen represivo”, que actualizó la normativa a través de la Asamblea Nacional entre el 2020 y 2021 para derivarlas en el encarcelamiento con procesos que violentaron el debido proceso.
“Sumas las leyes, la actuación del poder judicial y el tratamiento actual que le dan a los presos políticos vas a hacer una conclusión irrefutable. Si bien hay una violación a las Reglas Nelson Mandela y a cualquier estándar internacional de derechos humanos respecto a las personas privadas de libertad, lo principal que ocurre en el país es que hay una política de Estado para perseguir a los opositores e imponer una especie de castigo ejemplarizante”, expresó Pineda.
Posibles justificaciones
El especialista en derechos humanos comentó dos posibles justificaciones para que los presos políticos tengan este “régimen de aislamiento”: por una parte el acto de castigo para quienes se han atrevido a cuestionarlo y organizarse contra el régimen; por otro lado es un acto de intimidación para quienes no están de acuerdo con el régimen, pero para desalentar cualquier levantamiento social o protestas.
Agregó que también tiene un efecto más práctico y es que si los presos políticos estuvieran en un régimen normal o promedio en el que se encuentra un privado de libertad en Nicaragua, implicaría que habría más comunicación y más flujo de información, pero el Gobierno busca “cortar cualquier flujo de información y acción que mantenga viva la llama de la esperanza de la libertad en Nicaragua”.