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Cartas al Director

Lo sucedido con la familia Reyes en las Jagüitas, cuyas imágenes fueron difundidas por todos los medios de comunicación escrita y televisiva no pueden ser más perturbadoras y dolorosas, pues este “error” no debió suceder ni en la peor pesadilla de los padres de las víctimas.

La masacre de Las Jagüitas

Lo sucedido con la familia Reyes en las Jagüitas, cuyas imágenes fueron difundidas por todos los medios de comunicación escrita y televisiva no pueden ser más perturbadoras y dolorosas, pues este “error” no debió suceder ni en la peor pesadilla de los padres de las víctimas.

La Policía Nacional debe dar una explicación y no limitarse a decir que “el conductor no acató una señal de alto”, pues es un mensaje peligroso el que está enviando a la población. Por simple lógica me pregunto:  ¿quién en su cabal juicio quiere ser víctima de una emboscada de catorce hombres fuertemente armados y encapuchados? ¿Cuántas veces hemos visto en las noticias sobre delincuentes que se disfrazan de policías para hacer sus fechorías? ¿Cómo entonces la población va a distinguir al policía verdadero del falso? yo creo que aquí está el detalle. El policía verdadero que anda en su misión esta visible de día o de noche, identificado con su uniforme y chapa si no puede mostrar su rostro y le brinda a la población la confianza de que su trabajo en la calle como agente antidroga es por seguridad de la población en general, en cambio, el delincuente disfrazado de policía está como estos catorce policías, escondidos al ojo del conductor, ocultan su rostro y emboscan a la víctima, tal como sucedió con las víctimas mortales de Las Jagüitas. Lo actuado por el señor Milton Reyes, no es más que el instinto innato del ser humano de la supervivencia, esto explica por qué el conductor y además padre de los menores fallecidos,  no acató esta señal y huyó por su vida y de los que iban con él.

Ojalá que las máximas autoridades analicen bien lo sucedido y tomen medidas correctivas sobre la forma de ejecutar sus operativos, que este “error” no se vuelva repetitivo, pues nunca más debe repetirse semejante barbarie, donde dos niños fueron abatidos como ningún delincuente lo ha sido en este país.

Mariela Godoy Santos

Masacre sandinista

¿Por qué la comisionada de la Policía Nacional, Aminta Granera,  no ha  mostrado públicamente a los policías criminales quienes asesinaron a unos miembros de una familia en Las Jagüitas, como lo hizo con los que rafaguearon el bus donde iban simpatizantes del Frente Sandinista el año pasado para la celebración del 19 de julio?

La brutal golpiza, que le propinaron a la madre de los niños asesinados, Yelka Martínez, me recordó, cuando la Guardia somocista de igual forma golpeó a Doris Tijerino, en el año 1969, y quien mostró en esa época en el diario LA PRENSA (al igual que hoy muestra la señora Martínez), los moretones que la Guardia Nacional le dejó marcado en su cuerpo.

Solo  resta decir al igual que el inmortal Rubén Darío: “Verdugos de ideales afligieron la tierra, en un pozo de sombra la humanidad se encierra con los rudos moloso del odio y de la guerra”. “¡Oh, Señor Jesucristo! ¡Por qué tardas, qué esperas para tender tu mano de luz sobre las fieras y hacer brillar al sol tus divinas banderas!”

Marcelo Yrigoyen

En zona de riesgo

Ha sido noticia nacional el problemas con la urbanizaciones de Managua ubicadas en zonas de riesgo, donde resultaron afectadas las modernas viviendas que con mucho esfuerzo habían adquirido las personas que confiaron en dichas urbanizadoras y que ahora quieren evadir su responsabilidad ante los usuarios de estas vivienda.

A continuación le muestro con análisis del ordenamiento jurídico violentado por los dueños urbanizadores y los funcionarios públicos que autorizaron construir en zona de riesgo.

1) Se constató mediante la inspección técnica de control urbano, que en dicha notificación no se respetó los márgenes de distancia que habla tanto el decreto 78-2002, (Normas y pautas del ordenamiento territorial) que en el arto 32 numeral  seis expresa que está prohibido el establecimiento de construcciones ubicadas a menos de cincuenta metros de la crecida de los ríos y causes.

Similarmente la Ley 217,  Ley de Medioambiente y Recursos naturales,  en el arto 72 expresa que está prohibido el establecimientos de viviendas dentro de un radio de treinta metros de la línea de marca de ríos lagos y causes. Ambas normas son de orden público y de obligatorio cumplimiento para todos ciudadanos y todo acuerdo o resolución que se dicte en contra de dichas normas son nulas y de ningún valor por transgredir el orden publico.

2) Lotificación, urbanización y construcciones. El arto. 36 de la  Ley 559, Ley de delitos Ambientales, expresa que las personas que lotifiquen, urbanicen y construya en suelos no autorizados o de riesgo, incumpliendo las normas existentes y poniendo en grave peligro al ambiente o a los bienes y la vida de la población, será sancionadas con prisión de tres a seis años y multa equivalente en córdobas entre cinco mil a veinte mil dólares. En este caso el Juez ordenará la demolición de la obra.

3) Sanciones a los funcionarios públicos: (Párrafo 2do, artos 36 Ley 559 Ley de delitos Ambientales) El servidor público que otorgue permisos o autorizaciones de obras o proyectos en zona de riesgo o inundable, será sancionado con la mitad de la pena de prisión establecida en el arto 36 que es de tres a seis años, además sufrirá la inhabilitación especial para ejercer el cargo, la profesión u oficio, comercio u otros derechos relacionados con el licito cometido. En este caso el juez ordenará la demolición de la obra costa del acusado.

En base a los considerando de hechos y de derecho expuestos anteriormente,  las personas que se consideren perjudicadas porque no podrán residir en las casas y solares que compraron y que están dentro del límite prohibido por ley, podrían pedir al propietario de la urbanizadora:  a) Que le reponga la casa y solar en otro sitio. B) Que les restituyan o devuelva el dinero pagado. C) Hacer uso de la vía civil para reclamar daños civiles y morales. D) Denunciar en la vía penal ante el Ministerio Público o auxilio judicial de la Policía por delitos ambientales y por violentar la normas administrativas y penales ya señaladas, de comprobarse que hubo dolo, mala fe en el negocio y consecuentemente el enriquecimiento ilícito, (art.448 Pn) asimismo pedir la destitución y procesar a los funcionarios públicos que autorizaron dichas residenciales. Arto. 131 Párrafo II Constitucional.

Henry Picado Villagra

Castidad y modestia

Otrora, se enaltecía la castidad y se inculcaba en casa, en los colegios y en el templo. Ahora, ¿se oye algo de eso? En mi colegio, se ofrecían, entre otros, estos lemas: “Mi adorno, la modestia; la azucena, mi flor”; “antes rosa ensangrentada que azucena marchita”. Recuerdo que, casi adolescente, yo admiraba a la Virgen por su pureza (después, por su bondad). Ahora, esas cosas  parecen patochadas, ñoñerías; hasta llegó a ironizarse con la canción “Amo a Laura” (de los Happiness), un boom de internet que aconsejaba la castidad.

Hoy, se hace necesario promover el aprecio a la virtud de los “fuertes” y descubrir su belleza. Es preciso enaltecerla, y no solo por su alta correlación con la salud. Tanto hablar de respeto, y se fomentan relaciones  propias de burdel… ¿Por qué no subrayar el valor de la dignidad humana y la modestia en el vestir y el comportamiento?

Días atrás, han llamado la atención estas palabras del papa Francisco en su encuentro con jóvenes en Turín: “Tengo que decir una palabra impopular. El amor no debe usar a los otros, el amor es casto. ¡Sean castos! Les pido hacer el esfuerzo de vivir el amor en modo casto; es un amor que no usa al otro por el placer, que hace la vida de la otra persona sacra. ‘Yo te respeto, no quiero usarte’”, y criticó “este mundo hedonista en el que solo el placer tiene publicidad”.

Josefa Romo

Cartas al Director Cartas al director Nicaragua Opinion

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