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LA PRENSA/ ARCHIVO

¿Por qué deben los nicaragüenses ir a verificarse el 24 y 25 de julio?

Dos analistas recomiendan participar en el proceso de verificación ciudadana, aunque todavía no haya señales de que habrá elecciones libres, justas y transparentes. Estas son las razones

Aunque aún no existen condiciones para que las elecciones del 7 de noviembre próximo sean justas, libres y transparentes, conocedores del tema electoral recomiendan a la población ir a verificarse el 24 y 25 de julio, fechas que ha dispuesto el Consejo Supremo Electoral (CSE).

“La verificación siempre ha sido un proceso importante”, valora el analista político y conocedor del tema electoral José Antonio Peraza, quien explicó que la función principal es que cada nicaragüense sepa dónde le toca votar y de paso corrija datos que puedan estar errados como nombres mal escritos, números de cédulas incorrectos, entre otros.

“Independientemente de que la gente vote o no en este proceso electoral, es importante que la gente esté verificada para cuando llegue un proceso donde la elección sea libre”, subrayó Peraza.

Lea además: Inician campaña para promover una participación “masiva” en el proceso de Verificación Ciudadana

Por su parte, el presidente nacional de Formación Política y Capacitación del partido Ciudadanos por la Libertad (CxL), Alberto Dávila, advirtió que “es necesario que los ciudadanos verifiquen que se encuentran en el padrón electoral o en la lista de ciudadanos cedulados”, pues estos podrán ejercer su derecho al voto, pero si no se encuentran en ninguna de las dos listas no podrán votar el próximo 7 de noviembre.

Dávila también considera que, políticamente, esta será una oportunidad “para mandar un mensaje a la nación y a la comunidad internacional de que el pueblo ha elegido el camino cívico para salir de esta crisis”, mientras que Peraza recomendó a la población verificarse este año aun con las condiciones actuales debido a que “la gente tiene que estar clara que en algún momento va a utilizar eso para votar”.

Hasta la fecha, la comunidad internacional ha valorado que en Nicaragua no hay condiciones para celebrar elecciones, sobre todo después del encarcelamiento de seis precandidatos presidenciales y otros líderes opositores.

Pese a ello, partidos como CxL y el Partido Liberal Constitucionalista (PLC) continúan con sus procesos internos con miras a los comicios de noviembre, en los que se prevé que Daniel Ortega busque su cuarto mandato consecutivo.

José Antonio Peraza Collado es nicaragüense, profesor universitario, experto en Sistemas Políticos y Electorales, y experto en Proyectos de Desarrollo. LA PRENSA / Roberto Fonseca. LA PRENSA
José Antonio Peraza Collado, profesor universitario, experto en Sistemas Políticos y Electorales, y experto en Proyectos de Desarrollo. LA PRENSA / Roberto Fonseca.

¿Qué hacer para verificarse?

Para verificarse, usted debe presentarse al centro de votación más cercano con su cédula de identidad y buscar su nombre en las listas que estarán disponibles. Si encuentra todos sus datos correctos, solamente deberá firmar la lista.

De no encontrarse en la lista, deberá reportarlo a la oficina que estará habilitada en el centro de votación para que sea incorporado. Si una persona decide no presentarse, correría el riesgo de no aparecer en ninguna de las listas y no podrá ejercer su voto, según lo expresado por el experto Dávila.

Los casi 4,500 centros de votación serán habilitados por el CSE para que los ciudadanos realicen la verificación. Estos están ubicados principalmente en escuelas y universidades. Según el calendario electoral divulgado por el CSE, el padrón electoral cerrará 60 días antes de las elecciones y será entregado 45 días antes de los comicios a los partidos políticos, es decir, el 22 de septiembre.

¿Qué se puede hacer en la Verificación?

Además de verificar que sus datos están correctos, los ciudadanos también pueden solicitar el cambio de domicilio y se le entregará una esquela con la información del nuevo centro de votación al que deberá asistir el siete de noviembre para ejercer el sufragio.

El artículo 43 de la Ley 331, Ley Electoral, dice textualmente que “en ningún caso se admitirán solicitudes de cambios de domicilio ante las Juntas Receptoras de Votos dentro de los noventa días anteriores a una elección, plebiscito o referendo. El ciudadano que no haya hecho en tiempo su solicitud, podrá ejercer el derecho a sufragio en la Junta en la que está inscrito”.

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Por otro lado, José Antonio Peraza recordó que la Ley Electoral establece que las personas que no fueron a votar en los últimos dos procesos electorales están excluidas del padrón electoral. Esa cifra la estima en poco más de 330 mil nicaragüenses, y pueden ser personas que hayan fallecido, emigrado o por falta de confianza en el sistema electoral han preferido no ir a ejercer el voto en los últimos comicios, valoró.

Sin embargo, Dávila señaló que las personas que no han votado en las últimas dos elecciones, deberían encontrarse en la lista de ciudadanos cedulados, pero es mejor verificar si se encuentra o si fue borrado.

Las personas que han sido integradas al llamado padrón pasivo, por no haber ido a ejercer el voto, el día de la verificación ciudadana pueden solicitar que se les incorpore al llamado padrón activo, recomendó Peraza. En caso de que la persona no aparezca del todo en el padrón del centro de votación al que asistió, ahí mismo le pueden indicar dónde se encuentra empadronado o bien que se le incluya en el padrón de ese centro.

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