Seis años y cinco meses, que equivalen a 77 meses de prisión, descontará en la cárcel Alfredo Antonio Palma, chofer del autobús que la noche del 27 de julio del año en curso se volcó en el kilómetro 176.5 de la Carretera Panamericana Norte, en la cuesta la Cucamonga en Estelí y donde murieron 16 pasajeros, de ellos 15 mirantes venezolanos y un nicaragüense.
En la sentencia dictada por el juez Primero Local Penal de Estelí, Antonio Antúnez Borjas, se condena a Alfredo Palma a cuatro años de prisión por homicidio imprudente en perjuicio de las 16 víctimas fatales.
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El nicaragüense que murió en el fatal accidente de tránsito fue identificado como Lorenzo Mejía, originario de Camoapa, departamento de Boaco, quien al igual que los 15 venezolanos viajaba con el propósito de llegar a Estados Unidos.
29 meses por los lesionados
En la misma sentencia se condena a Alfredo Palma a 17 meses de prisión por el delito de lesiones imprudentes graves en perjuicio de cuatro pasajeros, todos ellos migrantes de origen venezolano, y 12 meses más por lesiones leves imprudentes en perjuicio de otros 20 pasajeros.
El reo que terminará de cumplir su condena el 2 de febrero de 2029, pero también recibió como pena accesoria, es decir no privativa de libertad, no poder tener licencia de conducir por los próximos cuatro años.
Antes de caer al abismo de aproximadamente 30 metros de profundidad, el autobús impactó con otros vehículos, cuyos conductores también sufrieron lesiones.
El busero fue declarado no culpabe por lesiones imprudentes de otras 28 víctimas.
Manejo temerario
Para establecer el tiempo que pasará en la cárcel Alfredo Palma, el juez Antonio Antúnez señala en la sentencia que la noche del 27 de julio del año en curso cuando sucedió el fatal accidente el condenado manejaba a exceso de velocidad y con la unidad de transporte colectivo sobrecargada de pasajeros.
“Él manejaba de manera temeraria y con desprecio por la vida”, expresa en la sentencia el encargado de impartir justicia, señalando que el chofer del autobús conducía entre 95 y 100 kilómetros por hora cuando en el sitio donde ocurrió la fatalidad la velocidad máxima es 60 kilómetros por hora; tampoco atendió una señal donde que se indica que había personas trabajando en la vía, razón por la cual debió haber reducido la velocidad.
En otra parte de la resolución condenatoria se establece que el autobús que cubría la ruta Managua-Jalapa iba sobrecargado de pasajeros, pues su capacidad era para 71 personas y en el mismo viajaban alrededor de 100 pasajeros.
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En la parte final de la resolución, el juez deniega el beneficio de suspensión de ejecución de la sentencia solicitado por la defensa señalando que Alfredo Palma no ha resarcido el daño causado a las víctimas, es decir que no ha pagado las indemnizaciones por daños y perjuicios.
Alfredo Antonio Palma se encuentra preso en el Sistema Penitenciario de Estelí, aunque él es originario de Managua. En la sentencia el juez no establece en qué penal debe cumplir la condena.
Su abogada defensora solicitó esta semana que su cliente fuera trasladado al Hospital San Juan de Dios de Estelí para ser valorado por la especialidad de Medicina Interna.