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Azarosa historia de la justicia en Nicaragua

En los últimos días el poder judicial de Nicaragua ha sido sacudido por los casos sonados del encarcelamiento del vocero de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Roberto Larios, y la renuncia de la magistrada Ileana Pérez López.

     El poder judicial es uno de los tres pilares del poder estatal que sostienen al régimen actual. Los otros dos son la Policía y el Ejército, y los tres son controlados por el partido de gobierno, el  FSLN.

Según el artículo 129 de la Constitución Política de Nicaragua, el poder judicial es independiente, igual que los otros tres poderes del Estado: legislativo, ejecutivo y electoral. Además, en el artículo 166 se dice que los magistrados y jueces, en su actividad judicial solo deben obediencia a la Constitución.

Pero de hecho se subordinan a la voluntad del Ejecutivo por medio del partido sandinista. La verdad es que muy pocas veces en la historia de Nicaragua, desde la conquista española hasta ahora, la justicia ha sido independiente en el pleno sentido del concepto. El órgano judicial siempre se ha subordinado de una u otra manera al poder del Estado más fuerte, que es el Ejecutivo, y a la persona que lo detenta.

Se  puede decir que la  administración de justicia era más transparente e independiente en la época precolombina. Según se dice en el sitio web de la Corte Suprema de Justicia, en la sociedad aborigen, antes de la llegada de los españoles la justicia era  impartida por 12 personas, 6 miembros de la nobleza y 6 escogidas en la población común. Ellas aplicaban las Leyes de Netzahuatlcoyotlzini, que eran sagradas e inviolables porque se les consideraba de origen divino.

Después de la independencia nacional obtenida en 1821, la justicia fue constitucionalizada como independiente, pero quedó sometida a las presiones o las influencias de los caudillos políticos. Tal vez en el período histórico llamado de “los 30 años conservadores”, en el siglo 19,  los magistrados y jueces impartían justicia de manera imparcial, no tanto por el mandato de  las leyes constitucionales sino por la ética y moralidad ejemplar de los gobernantes en esa época.

Inclusive en el período de gobierno democrático de doña Violeta Barrios de Chamorro, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia pertenecían a diversos partidos políticos (PLI, PLC, PSC, Conservador y FSLN). Para ser elegidos a los cargos judiciales renunciaban formalmente a la militancia partidista; y es justo reconocer que en términos generales la Corte actuaba con independencia.

En el mundo, desde las revoluciones norteamericana y francesa se comenzó a instituir órganos de poder judicial independientes de la autoridad política, estatal y partidista. La razón fue —y es—que  esta es la garantía de que las personas se puedan defender de los abusos de otros individuos y de los propios gobernantes.

La independencia del poder judicial es indispensable para garantizar la democracia. Por eso  los miembros de partidos políticos no deberían ser magistrados ni jueces, porque el partidismo es contrario a la imparcialidad y esta es la esencia de la justicia.

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