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Los nicaragüenses que viven en Costa Rica tienen dos maneras de tramitar un pasaporte en caso de que el suyo esté vencido o que no tenga del todo. Lo primero es revisar cuál es su estatus migratorio en el país, porque de esto dependerá el proceso que deberá llevar.
Si usted es refugiado en Costa Rica, debe solicitar un documento de viaje ante la Dirección General de Migración y Extranjería de ese país, pero si usted no es refugiado y solamente es residente, puede gestionar su pasaporte en la embajada nicaragüense en San José.
A continuación, le detallamos el proceso y los requisitos para hacer los trámites.
Documento de viaje para refugiados
Si usted ya cuenta con refugio aprobado, puede solicitar su Documento de Viaje en las oficinas de Migración y Extranjería de Costa Rica. Si todavía no se ha aprobado su refugio y se encuentra en ese país como solicitante de refugio, no podrá realizar la gestión.
El artículo 145 de la Ley General de Migración y Extranjería de Costa Rica indica que el Documento de Viaje solamente puede ser expedido para personas en condición de refugio, apátridas o asilados políticos.
En caso de que cumpla con una de estas tres definiciones, usted puede empezar la gestión llamando al call center 1311, en horario de oficina de lunes a sábado, y solicitar una cita para trámite de Documento de Viaje. También puede hacerlo en línea en el Portal de Citas de Migración y Extranjería.
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A usted le asignarán la fecha y la hora de su cita y 24 horas antes de dicha cita, deberá realizar el pago de 39.44 dólares en el Banco de Costa Rica, a la cuenta bancaria 001 254896-8, (IBAN CR86015201001025489683). También puede hacerlo por transferencia bancaria. En el asunto o concepto del depósito deberá escribir el nombre completo de la persona que hará el trámite.
Siempre es recomendable solicitar un recibo o guardar un comprobante de la transferencia y llevarlo con usted el día de la cita.
Procure ser puntual. Deberá llevar consigo su Documento de Identificación Migratoria de Personas Extranjeras (DIMEX), vigente y en buen estado y debe enviar al correo [email protected] su resolución de la Unidad de Refugio, en donde se le otorga el refugio. También debe llevarla impresa.
Deberá imprimir, llenar y firmar un formulario de Solicitante de Documento de Viaje con sus datos personales. Este formulario le pide su nombre, número de DIMEX, dirección de residencia en Costa Rica, teléfono, correo electrónico, el motivo de su viaje y cuál será su destino.
Después de que revisen todos los documentos, le tomarán una fotografía y sus huellas dactilares y le indicarán el tiempo en que le otorgarán el Documento de Viaje.
Renovación de pasaporte para residentes
En caso de que usted no sea refugiado, ni solicitante de refugio y sea nicaragüense residente en Costa Rica, usted puede renovar su pasaporte nicaragüense en la embajada del país, ubicada en San José. El trámite tiene un costo de 50 dólares.
El proceso no requiere de cita previa, pero deberá llenar una Solicitud de Pasaporte en el Exterior, que le entregaran en la embajada una vez que usted informe que necesita renovar su pasaporte.
En este formulario le piden datos personales, estado civil, datos del pasaporte anterior, dirección en donde reside en Costa Rica y demás datos.
También debe presentar cinco fotografías actuales tamaño pasaporte (4×5 cm). Estas deberán ser a color, con fondo blanco y de frente. Es importante que no porte joyería y que el cabello no le cubra las orejas.
Debe llevar el pasaporte anterior y dos fotocopias de todas las páginas del mismo, aunque no estén selladas, así como original y dos fotocopias de su partida de nacimiento y de su cédula de identidad nicaragüense. También debe presentar dos fotocopias de la cédula de residencia en Costa Rica.