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Monseñor Rolando Álvarez estuvo asediado 16 días en la curia de Matagalpa, hasta que fue secuestrado por la Policía orteguista. LA PRENSA/Archivo

Cenidh detalla al menos 12 derechos que la dictadura ha violentado a monseñor Rolando Álvarez

Monseñor Rolando Álvarez, de 56 años, es el primer obispo arrestado y acusado por la dictadura orteguista.

La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo ha violentado al menos 12 derechos al obispo de la Diócesis de Matagalpa, monseñor Rolando Álvarez, desde el pasado 4 de agosto cuando fue encerrado por la Policía en la Curia Episcopal de esa ciudad y luego en su traslado forzado a Managua, el 19 de agosto, donde lo mantuvieron bajo arresto domiciliario, de facto.

El jerarca católico permaneció privado de libertad sin acusación formal durante casi cuatro meses. En todo este tiempo se desconoció las condiciones físicas y de salud en las que se encontraba, hasta que fue llevado a los juzgados para ser acusado por los supuestos delitos de “traición a la patria y ciberdelito”, el 13 de diciembre pasado.

“Ya eran 130 días de secuestro y desinformación sobre su estado de salud. Verle en estas condiciones físicas tan desmejoradas evidencian que su vida corren peligro”, alerta el Cenidh en una nota titulada Grito de auxilio por monseñor Rolando Álvarez, en la que analiza el recorrido represivo de la dictadura contra monseñor Rolando Álvarez.

Cenidh contabiliza 12 derechos violentados

1- Libertad religiosa: que incluye su derecho a manifestar sus creencias religiosas en privado en público mediante el culto, las prácticas y su enseñanza.

2- El derecho a su honra y reputación.

3- El derecho a la libertad de reunión y manifestación.

4- El derecho a la libertad de expresión.

5- El derecho a la libertad de movilización.

6- El derecho a la libertad individual.

7- La presunción de la inocencia.

8- El derecho a la igualdad, no discriminación y a la tutela judicial efectiva (Art 34 Cn.), que incluye las siguientes garantías: 

a.  Que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme la ley. 

b. Que sus asuntos sean juzgados sin dilaciones por tribunal competente establecido por la ley. No hay fuera atractivo. Nadie puede ser sustraído de su juez competente ni llevado a jurisdicción de excepción. 

c.  Todo proceso judicial debe ser oral y público. 

d. Que se garantice su intervención y debida defensa desde el inicio del proceso o procedimiento y a disponer de tiempo y medios adecuados para su defensa. El procesado tiene derecho a comunicarse libre y privadamente con su defensor. Y a monseñor. ¿Quién lo defiende, un defensor público que es parte de la estructura que lo reprime? ¿Es esto defensa?

9- El derecho a la integridad física, psíquica y moral. El artículo 36 de la Constitución prohíbe la tortura en Nicaragua.

10- El derecho a una buena alimentación y a estar protegido contra el hambre.

11- El derecho a la salud.

12- El derecho a la información veraz; con la incomunicación y aislamiento se le violenta este derecho.

Cenidh pide a autoridades de la Iglesia “romper el silencio”

En su comunicado el Cenidh reiteró el llamado al papa Francisco y especialmente al cardenal Leopoldo Brenes, para que abogue por la libertad de monseñor Rolando Álvarez, e instó a “romper el silencio” sobre los ataques del régimen contra la Iglesia católica de Nicaragua.

“Nos sigue sorprendiendo la actitud del cardenal Leopoldo José Brenes a quien diferentes sectores hemos demandado información sobre la posición de la alta jerarquía católica ante la persecución sin límite contra la Iglesia. ¿Hasta cuándo mantendrá el silencio?”, cuestionó el organismo defensor de derechos humanos.

Lea además: Dictadura muestra por primera vez a monseñor Álvarez y lo acusa de “conspiración” y “ciberdelito”

“Seguimos demandando el pronunciamiento y gestiones del papa Francisco, de los obispos de la Iglesia católica en todo el mundo, y de manera especial demandamos al cardenal Leopoldo Brenes que exija con las palabras, convicción y fuerza del santo de América monseñor Óscar Arnulfo Romero: les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: ¡que cese la represión!”, agregan.

En la misma causa contra Álvarez, la dictadura incluyó al sacerdote Uriel Vallejos, párroco de la iglesia Divina Misericordia de Sébaco, Matagalpa, quien se encuentra en el exilio desde inicios de septiembre de este año, a quien consideran un “prófugo de la justicia”, por lo que ordenaron girar oficio a la Interpol para su captura.

EE. UU.: “El régimen de Ortega no se detendrá ante nada para reprimir”

La administradora de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (Usaid), Samantha Power, señaló que la acusación contra monseñor Rolando Álvarez es una ofensiva del régimen contra la Iglesia católica y no se detendrá ante nada para reprimir las voces y las aspiraciones democráticas del pueblo nicaragüense.

“Estos cargos son parte de una ofensiva contra la Iglesia católica que ha resultado en el hostigamiento, el exilio forzado y el encarcelamiento de numerosos líderes religiosos”, contestó la administradora de la Usaid, en un mensaje enviado al subsecretario para Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado de Estados Unidos, Brian Nichols, que calificó como “un acto cínico” la acusación contra el obispo de Matagalpa.

“El régimen de Ortega no se detendrá ante nada para reprimir las voces y aspiraciones democráticas del pueblo nicaragüense”, agregó Power.

Monseñor Rolando Álvarez es el primer obispo arrestado y acusado por la dictadura orteguista. No obstante, los operadores de justicia de la dictadura también han procesado a nueve sacerdotes por cometer supuestos delitos políticos y dos ya pagan condena por supuestos delitos comunes.

El jerarca será sentado en el banquillo de los acusados el 10 de enero de 2023, en una audiencia inicial.

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