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La prohibición de protestar

El comunicado de la Policía advirtiendo que las marchas o protestas convocadas sin su autorización serán ilegales y que quienes convoquen a marchas en estas condiciones serán procesados, ha sido objeto de preocupación para la CIDH y abogados nicaragüenses. Pero existe un elemento mucho más relevante que la constitucionalidad del comunicado, me refiero al valor probatorio para acreditar el elemento de contexto en la comisión de Crímenes de Lesa Humanidad.

Durante más de una década, el régimen ha tenido una política de desalentar, obstaculizar y reprimir la protesta para evitar que estas escalaran por el cierre de espacios democráticos, pero esa política se vio rebasada el pasado mes de abril, cuando se produjo finalmente un estallido social. Ante esta situación, el régimen no cambió su política, solo la recrudeció, dejando como resultado más de 500 muertos, miles de heridos, desaparecidos, torturados y perseguidos políticos que enfrentan procesos judiciales.

Para la existencia de Crímenes de Lesa Humanidad se requiere además de los asesinatos, torturas, desapariciones forzadas y persecución política, que estas se presenten de manera sistemática (política de Estado) o generalizada (universo de afectados). Hasta ahora, tanto la CIDH como la OACNUDH han señalado la existencia de un patrón de persecución o blanco de las violaciones a Derechos Humanos en sus respectivos informes y eso es un elemento a tomar en consideración cuando llamemos a cuentas al régimen.

Hasta ahí, podíamos presumir la existencia de una política de Estado, hecho que incluso el propio canciller Denis Moncada negó expresamente en una comparecencia ante la OEA. Pero un viejo adagio de abogados reza: “Confesión de parte, relevo de pruebas”. El comunicado de la Policía Nacional, además de representar una restricción ilegítima al derecho de la libre expresión y movilización de los nicaragüenses, es un elemento de convicción que hace constar la política del régimen Ortega-Murillo para desalentar, obstaculizar, reprimir y criminalizar la protesta social en el país, misma que ha dejado miles de víctimas si tomamos en cuenta los asesinados, torturados, desaparecidos y perseguidos.

Puede parecer una realidad distante ver a Daniel Ortega enfrentar cargos por Crímenes de Lesa Humanidad ante algún tribunal, considerando que no existe institucionalidad democrática en Nicaragua y que no hemos reconocido la competencia de la Corte Penal Internacional. Sin embargo, existen alternativas como el principio de Jurisdicción Universal que obliga a los Estados a procesar a quienes cometen este tipo de delitos. Aunque la política de represión continúa, es de vital importancia documentar estas graves violaciones a los Derechos Humanos, para que llegado el momento, podamos demandar justicia por los Crímenes de Lesa Humanidad cometidos por el régimen Ortega-Murillo.

El autor es maestro en Derechos Humanos.

Opinión Crisis en Nicaragua prohibición protestar
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