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Acoso policial y DD. HH.

Martirio, es lo que vive en Nicaragua cualquier valiente opositor al régimen Ortega-Murillo, por el hecho de organizarse o simplemente expresarse en contra de la dictadura. La permanente amenaza de detención, la obstaculización, los derechos de reunión, asociación, expresión y libre circulación es la nueva normalidad, con una policía al acecho y expectante de su cotidianeidad, cual ave de rapiña sobre su presa. Pero, ¿qué alcance tiene esta política del régimen a la luz de los Derechos Humanos (DD. HH.)?

Lo que ocurrió en Nicaragua a partir de abril del 2018 fueron Crímenes de Lesa Humanidad (CLH) porque los asesinatos, encarcelamientos, torturas, desplazamientos forzados que siguen viviendo miles de nicaragüenses, son consecuencia de una política del régimen Ortega-Murillo para contener el descontento social y secuestro de la democracia. Es decir, más que los números, lo que acredita el llamado elemento de contexto de los CLH es que esos números son consecuencia de la aplicación de una política. Lo que trato de explicar es que aunque el nivel de intensidad de la represión no es equiparable a lo ocurrido en 2018, la política persiste y consecuentemente estamos en presencia de CLH de manera continuada.

Un delito de naturaleza continuada supone que su ejecución persiste en una línea de tiempo determinada por la realización de actos conducentes a su materialización. Aunque ya no se abra fuego contra manifestaciones o que las torturas no se estén presentando masivamente, la política persiste y como resultado de esa política se está cometiendo persecución política como CLH.

Según el artículo 7.2.g) del Estatuto de Roma, existe persecución por razones políticas cuando existe privación intencional y grave de derechos fundamentales, consecuentemente, las amenazas de detención, la obstaculización de los derechos de reunión, asociación, expresión y libre circulación a grupos opositores como consecuencia de una política gubernamental para contener el descontento social, configura el CLH de persecución política.

¿Qué podemos hacer? La denuncia pública y que los medios de comunicación retomen las denuncias, resulta efectivo para no escalar el nivel de amenaza. Legalmente, es importante accionar recursos de amparo contra amenazas de detención ilegal para evidenciar la falta de independencia e imparcialidad judicial que causa indefensión ante las violaciones a DD. HH. a gran escala que comente el régimen.

Finalmente, desde las organizaciones defensoras de DD. HH., el registro y documentación de estas detenciones con el objeto de informar al Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de la ONU es pertinente. Aunque no hay condiciones para garantizar el acceso a la justicia en Nicaragua en este momento, la adecuada documentación de las violaciones a DD. HH. hoy, serán de gran utilidad en la construcción de un nuevo país.

El autor es maestro en Derechos Humanos

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